1. Legislación clave en la facturación electrónica en España
La facturación electrónica en España se rige principalmente por dos leyes fundamentales con objetivos distintos:
Ley Crea y Crece:
- Objetivo: reducir la morosidad y fomentar el intercambio de facturas electrónicas entre empresas y autónomos (B2B).
- Implementación: pendiente de reglamento. Se aplicará para empresas de más de 8 millones de facturación en el primer año y para empresas menores de 8 millones en el segundo año.
- Sanciones: hasta 10.000 euros por incumplimiento.
Ley Antifraude:
- Objetivo: reducir el fraude fiscal a través del registro electrónico de datos de facturación enviados a la Agencia Estatal (B2B y B2C).
- Implementación: obligatoria a partir del 1 de enero de 2026 para personas jurídicas y 1 de julio de 2026 para personas físicas.
- Sanciones: hasta 150.000 euros por no adaptarse.
2. Factura electrónica vs. Factura digital
Una idea innovadora para muchos es la clara distinción entre «factura digital» y «factura electrónica», términos que a menudo se confunden:
Factura Digital: cualquier documento en formato digital (PDF, Word, Excel) con validez legal limitada, que puede usar certificaciones digitales (como firma electrónica) pero carece de un formato estructurado específico.
Factura Electrónica: posee plena validez legal y fiscal, cumple con estándares específicos y tiene un formato estructurado (generalmente XML) que facilita la automatización e integración. Requiere firma electrónica y otros dispositivos de seguridad.
3. Verifactu: la lucha contra el fraude fiscal
Verifactu es un sistema de requisitos técnicos que deben cumplir los softwares de facturación para garantizar la autenticidad, integridad y conservación de las facturas, combatiendo el fraude fiscal y modernizando el sistema tributario.
- Modalidad Verifactu: transmisión inmediata de los registros de facturación a Hacienda una vez se produce la factura. Implica el envío simultáneo de la factura a Hacienda y al cliente, con un código QR y alfanumérico en la impresión para verificación.
Reduce las obligaciones de conservación y accesibilidad de los registros por parte de la empresa, ya que Hacienda ya dispone de la información. Fixner ofrecerá inicialmente esta modalidad.
- Modalidad No Verifactu: no hay envío simultáneo a Hacienda. El sistema de facturación debe firmar y conservar los registros de forma inalterable e íntegra durante cuatro años, asegurando trazabilidad, huella digital, firma electrónica, accesibilidad y un formato definido (.xml).
¿Quiénes están obligados a cumplir? Todas las empresas y autónomos en España que emitan facturas, independientemente de su tamaño o facturación, deben cumplir con una de las modalidades de Verifactu. Excepciones: aquellos sujetos al Suministro Inmediato de Información (SII) y operaciones no sujetas a facturación (ej. algunas exentas de IVA).
¿Cómo puedo cumplir con la normativa? Eligiendo un software que cumpla con Verifactu. La modalidad Verifactu ofrece más beneficios al simplificar las responsabilidades de archivo para el contribuyente.
4. Facturación electrónica B2B (Facturae) y FACE
Más allá de Verifactu está la facturación electrónica B2B, cuyo objetivo es modernizar la sociedad y controlar la morosidad.
Facturae: es un formato estándar de factura electrónica que busca estandarizar la información para el intercambio entre usuarios (empresas y Administración Pública). Incluye todos los datos necesarios de una factura y facilita la comunicación.
Plataforma pública de facturación electrónica: será el punto central donde se suministren las facturas en formato Facturae.
- Emisores ocasionales: podrán usar un formulario en la sede electrónica.
- PYMES: podrán enviar Facturae y también usar Verifactu (ambos pueden convivir).
- Grandes empresas: usarán SII y Facturae.
- Receptores: podrán recoger sus facturas Facturae desde la sede electrónica.
Diferencias entre Verifactu y Facturación Electrónica B2B (Facturae):